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Nuevo reglamento carcelario en Ecuador: clasificación por riesgo y prohibición de alias y grafitis

El Gobierno Nacional puso en vigencia un nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social que busca fortalecer la clasificación de las cárceles y de las personas privadas de libertad según su nivel de riesgo y condición jurídica. La norma establece divisiones internas para evitar la mezcla entre reclusos de diferente peligrosidad o situación legal. […]

Nuevo reglamento carcelario en Ecuador: clasificación por riesgo y prohibición de alias y grafitis
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El Gobierno Nacional puso en vigencia un nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social que busca fortalecer la clasificación de las cárceles y de las personas privadas de libertad según su nivel de riesgo y condición jurídica. La norma establece divisiones internas para evitar la mezcla entre reclusos de diferente peligrosidad o situación legal.

Entre las principales medidas se encuentra la clasificación de los centros penitenciarios en máxima, media y mínima seguridad, así como la separación de los internos por tipo de delito, antecedentes penales, conducta y vulnerabilidad. Se prevén espacios diferenciados para personas con discapacidad, enfermedades graves, mujeres embarazadas o con hijos menores de 36 meses, y se prohíbe el uso de alias y grafitis en las instalaciones.

El reglamento también regula el economato, garantiza tres comidas diarias más hidratación y obliga al SNAI a implementar medidas tecnológicas para bloquear la señal de celulares dentro de las cárceles. Estas disposiciones buscan mejorar la rehabilitación, la reinserción social y la protección de los derechos de los reclusos.

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Expertos como Mario Carrillo y Itania Villareal, exdirectores de cárceles, coincidieron en que muchas de estas reglas ya existían, pero su aplicación ha sido limitada por la corrupción y el hacinamiento. Ambos señalaron la necesidad de construir nuevas instalaciones para cumplir efectivamente con la clasificación propuesta.

Con este reglamento, el Ejecutivo busca transformar el sistema penitenciario y reducir la influencia de las bandas criminales dentro de las cárceles, priorizando el orden, la disciplina y la rehabilitación real de las personas privadas de libertad.

El nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social se aprobó mediante el Decreto Ejecutivo 366, firmado por el presidente Daniel Noboa el 23 de abril de 2026. Este documento (131 páginas y 279 artículos) reemplaza la normativa del SNAI vigente desde 2020 y busca endurecer el control, reducir la violencia intracarcelaria (que dejó 206 muertos en 2025), combatir el hacinamiento (alrededor del 34%) y fortalecer la rehabilitación.

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Principales cambios

  • Clasificación y separación de internos:
    • Se clasifica a las personas privadas de libertad (PPL) por nivel de peligrosidad, conducta, antecedentes y riesgo (no solo por el delito).
    • Se crea un Régimen Especial para aislar a cabecillas o internos de alta amenaza.
    • Traslados inmediatos por motines, reclutamiento o amenazas.
    • Centros exclusivos para infractores de tránsito y deudores de pensiones alimenticias (no se mezclan con población penal común).
  • Control de comunicaciones y visitas:
    • Instalación de inhibidores de señal 24/7.
    • Las llamadas y visitas se pueden grabar, monitorear y restringir por razones de seguridad.
    • Reconocimiento de voz obligatorio en llamadas.
    • Las visitas telemáticas (videollamadas) se igualan en derechos a las físicas.
  • Prohibición de dinero en efectivo:
    • Se elimina el uso de efectivo en economatos (tiendas internas).
    • Pagos solo por transferencias bancarias con cupos limitados (25-30% del salario básico, según estatus).
    • 40% del cupo para aseo y 60% para alimentación complementaria.
    • Objetivo: cortar el financiamiento de bandas criminales.
  • Trabajo y rehabilitación:
    • Obligatorio el trabajo como parte de la rehabilitación, con registro mensual de horas y producción.
    • Programas de capacitación y certificaciones.
    • Economatos privados pueden contratar hasta el 30% de internos bajo relación laboral formal.
  • Grilletes electrónicos:
    • Las PPL deben pagar el costo de uso y mantenimiento mensual (según capacidad socioeconómica).
    • Excepciones por enfermedades catastróficas o insolvencia comprobada.
  • Beneficios penitenciarios:
    • Centralizados en una Comisión Nacional de Beneficios Penitenciarios presidida por el SNAI (ya no decide cada cárcel).
    • Unidades de Reinserción fuera de las cárceles para seguimiento en libertad.
  • Rol del SNAI:
    • Mayor autonomía y control operativo (ejecuta políticas, inteligencia penitenciaria, seguridad).
    • Cuerpo de Guías Penitenciarios con jefe propio y funciones de inteligencia.
    • Coordinación con Policía y FF.AA. cuando sea necesario.
  • Otras medidas:
    • Prohibición de grafitis y símbolos de bandas.
    • Reglas claras para repatriaciones de extranjeros.
    • Horario para deudores de pensiones: ingreso a las 22:00 (antes 21:00).

El reglamento aplica de forma obligatoria en todo el país y busca unificar criterios (ya no habrá “cárceles con sus propias reglas”). El Gobierno lo presenta como una herramienta para recuperar el control, aunque aún falta detalle sobre plazos y financiamiento de algunas medidas (inhibidores, infraestructura, etc.).