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Comisión de Relaciones Internacionales recibe aportes sobre reformas a la Ley contra la Trata y el Tráfico de Migrantes

Este viernes 31 de julio, la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, en el marco del tratamiento del proyecto de reformas a la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, recibió los aportes del jurista Francisco Estupiñán, gerente del Estudio Jurídico FEXLAW en Ecuador y Colombia. Durante su […]

Comisión de Relaciones Internacionales recibe aportes sobre reformas a la Ley contra la Trata y el Tráfico de Migrantes
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Este viernes 31 de julio, la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, en el marco del tratamiento del proyecto de reformas a la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, recibió los aportes del jurista Francisco Estupiñán, gerente del Estudio Jurídico FEXLAW en Ecuador y Colombia.

Durante su intervención, Estupiñán señaló que una de las principales limitaciones en la investigación penal es la notificación a la persona investigada, procedimiento que puede frenar la indagación cuando lo recomendable sería realizarla antes de la formulación de cargos.

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También advirtió sobre el desconocimiento de algunos fiscales respecto a las implicaciones del delito de trata de personas, que atenta contra la integridad y la vida de las víctimas, además de generar beneficios económicos para quienes lo cometen. Por ello, consideró necesario crear fiscalías especializadas en esta materia.

Otro de sus planteamientos se centró en el rastreo de recursos económicos derivados de estas actividades ilícitas. Explicó que, a diferencia de legislaciones internacionales, la normativa ecuatoriana se concentra en perseguir a las personas involucradas y no en afectar oportunamente el patrimonio de las organizaciones criminales. Señaló que medidas cautelares como retención de fondos o embargos suelen solicitarse cuando los bienes ya han sido transferidos, lo que dificulta su recuperación.

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Finalmente, sugirió fortalecer la figura del agente encubierto para la investigación de estos delitos. Indicó que, en casos donde policías establecen contacto con redes de tráfico mediante medios digitales, las defensas suelen argumentar que hubo inducción al delito, lo que limita la eficacia de las investigaciones.

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