Con el adelanto de las elecciones seccionales al 29 de noviembre de 2026, el Código de la Democracia establece plazos claros para las autoridades que deseen postularse a un cargo diferente al que actualmente ejercen.
Según el artículo 93 del Código de la Democracia, alcaldes, prefectos y concejales que aspiren a otro puesto de elección popular deben renunciar antes de inscribir su candidatura. El plazo máximo para presentar la renuncia es el 17 de agosto de 2026. Debido a que el sistema del Consejo Nacional Electoral (CNE) exige la carga de documentos habilitantes, se prevé que la mayoría de estas dimisiones se oficialicen entre el 2 y el 16 de agosto.
¿Qué pasa si buscan la reelección?
Para quienes desean repostularse al mismo cargo, no es necesaria la renuncia. En su lugar, deben solicitar una licencia sin goce de sueldo que cubra estrictamente el período de campaña electoral, fijado del 12 al 26 de noviembre de 2026 (15 días). Durante ese tiempo, la autoridad será reemplazada temporalmente por su respectivo suplente.
Restricciones durante la campaña
El artículo 203 del Código de la Democracia prohíbe expresamente que las autoridades en funciones realicen inauguraciones de obras públicas o utilicen recursos estatales para promoción personal durante el período de campaña. Esta norma busca garantizar equidad entre los candidatos que ostentan cargos de poder y aquellos que no los tienen.
El CNE emitirá en las próximas semanas el calendario detallado con las fechas exactas de inscripción de candidaturas y otros hitos del proceso electoral.