El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Circular NAC-DGECCGC26-00000002 mediante la cual establece que cerca de 60 productos alimenticios que venían pagando IVA del 0% pasarán a tributar el 15%. La medida busca aclarar la correcta aplicación del impuesto a aquellos productos que no son naturales, no son de fabricación nacional ni forman parte de la canasta básica familiar.
Expertos tributarios explicaron que la circular no crea nuevos impuestos, sino que corrige una interpretación anterior que permitía a ciertos productos procesados o enriquecidos beneficiarse indebidamente del IVA cero. Entre los productos afectados se encuentran pulpas de fruta, jugos procesados, infusiones, carnes sometidas a procesos de cocción o adobado, sazonadores, tofu, queso de soya, diversos tipos de leche modificada, cremas, leches condensadas y panes que no sean de consumo popular.
También entrarán en esta categoría los fideos instantáneos o precocidos, atún importado con combinaciones, pasteles, cupcakes, muffins, pan de molde, empanadas, pan de yuca y postres en general. Expertos advierten que algunos productos como el pan dulce o el panettone generan dudas, ya que el INEN define claramente qué se considera pan de consumo popular.
El sector productivo reaccionó con preocupación. La Federación Nacional de Cámaras de Industrias del Ecuador y la Cámara de Industrias de Guayaquil manifestaron su rechazo a la circular, argumentando que introduce criterios no contemplados expresamente en la ley y pidieron instalar mesas de diálogo para analizar posibles ajustes.