El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 329 este viernes 13 de marzo de 2026, que establece toque de queda nocturno en cuatro provincias del país a partir de este domingo 15 de marzo. La medida regirá todos los días de 23:00 a 05:00 y se mantendrá hasta el 30 de marzo de 2026, fecha en que vence la renovación del estado de excepción dispuesta en el Decreto 311.
Provincias afectadas
- Guayas
- Los Ríos
- Santo Domingo de los Tsáchilas
- El Oro
¿Quiénes pueden circular durante el toque de queda?
El decreto contempla excepciones para:
- Personal de salud y emergencia
- Fuerza pública y entidades de seguridad
- Servicios de gestión de riesgos
- Trabajadores de sectores estratégicos con autorización expresa
- Otras actividades autorizadas por el COE Nacional
Penas por incumplimiento
El ministro del Interior, John Reimberg, fue enfático al advertir las consecuencias para quienes violen la restricción: “Si una persona incumple el toque de queda, la pena es de uno a tres años de cárcel”.
Reimberg agregó que el sistema judicial ya está coordinado para procesar rápidamente a quienes no respeten la medida, y que durante estos días se ejecutarán operativos intensivos para atacar las economías ilícitas, la minería ilegal, el narcotráfico y las estructuras criminales en las zonas declaradas.
Contexto del decreto
El Decreto 329 modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 277 (del 31 de diciembre de 2025, renovado posteriormente) y se suma al estado de excepción vigente por grave conmoción interna en nueve provincias y algunos cantones específicos. El Gobierno argumenta que la restricción nocturna es necesaria para facilitar operativos de control y reducir la movilidad de grupos delictivos durante las horas de mayor riesgo.
Recomendaciones oficiales
- Evite salir de su domicilio entre las 23:00 y las 05:00.
- Si debe circular por razones justificadas, porte su documento de identidad y autorización correspondiente.
- Reporte cualquier emergencia o actividad sospechosa al ECU 911.
- Manténgase informado a través de canales oficiales (SNGR, Ministerio del Interior, Policía Nacional).
El Ministerio del Interior y las Fuerzas Armadas reiteraron que la medida se aplica con estricto apego a la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, y que su objetivo es proteger la vida y la seguridad de los ciudadanos.