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De 1 a 3 años de cárcel por no cumplir el «Toque de Queda»

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 329 este viernes 13 de marzo de 2026, que establece toque de queda nocturno en cuatro provincias del país a partir de este domingo 15 de marzo. La medida regirá todos los días de 23:00 a 05:00 y se mantendrá hasta el 30 de marzo de 2026, […]

De 1 a 3 años de cárcel por no cumplir el «Toque de Queda»
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El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 329 este viernes 13 de marzo de 2026, que establece toque de queda nocturno en cuatro provincias del país a partir de este domingo 15 de marzo. La medida regirá todos los días de 23:00 a 05:00 y se mantendrá hasta el 30 de marzo de 2026, fecha en que vence la renovación del estado de excepción dispuesta en el Decreto 311.

Provincias afectadas

  • Guayas
  • Los Ríos
  • Santo Domingo de los Tsáchilas
  • El Oro

¿Quiénes pueden circular durante el toque de queda?

El decreto contempla excepciones para:

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  • Personal de salud y emergencia
  • Fuerza pública y entidades de seguridad
  • Servicios de gestión de riesgos
  • Trabajadores de sectores estratégicos con autorización expresa
  • Otras actividades autorizadas por el COE Nacional

Penas por incumplimiento

El ministro del Interior, John Reimberg, fue enfático al advertir las consecuencias para quienes violen la restricción: “Si una persona incumple el toque de queda, la pena es de uno a tres años de cárcel”.

Reimberg agregó que el sistema judicial ya está coordinado para procesar rápidamente a quienes no respeten la medida, y que durante estos días se ejecutarán operativos intensivos para atacar las economías ilícitas, la minería ilegal, el narcotráfico y las estructuras criminales en las zonas declaradas.

Contexto del decreto

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El Decreto 329 modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 277 (del 31 de diciembre de 2025, renovado posteriormente) y se suma al estado de excepción vigente por grave conmoción interna en nueve provincias y algunos cantones específicos. El Gobierno argumenta que la restricción nocturna es necesaria para facilitar operativos de control y reducir la movilidad de grupos delictivos durante las horas de mayor riesgo.

Recomendaciones oficiales

  • Evite salir de su domicilio entre las 23:00 y las 05:00.
  • Si debe circular por razones justificadas, porte su documento de identidad y autorización correspondiente.
  • Reporte cualquier emergencia o actividad sospechosa al ECU 911.
  • Manténgase informado a través de canales oficiales (SNGR, Ministerio del Interior, Policía Nacional).

El Ministerio del Interior y las Fuerzas Armadas reiteraron que la medida se aplica con estricto apego a la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, y que su objetivo es proteger la vida y la seguridad de los ciudadanos.

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